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EMPRENDER EN ESPAÑA. Documentación y Requisitos.

VISADO DE emprendIMIENTO

¿Para quién es la visa de emprendedores?

Para todos los extranjeros que deseen residir y emprender en España y no sean ciudadanos de la Unión Europea o beneficiarios del derecho comunitario. Están sometidos a la obligación de tramitar una visa para emprender.

Existen dos vías:

  • Un visado, si estás fuera de España y necesitas venir a España para realizar los trámites necesarios para poner en marcha la actividad emprendedora.
  • Una autorización, si estás en España y puedes poner en marcha tu proyecto.

Es importante que sepas que no existe un mínimo de inversión para emprender en España, ni de creación de empleo. Se efectúa siempre un análisis individual de cada proyecto. Por ello, es imprescindible aportar un plan de negocio de tu proyecto que permitirá valorar su interés económico para España.

¿Qué debes saber de la visa para emprender en España?

  • Es importante contar con un perfil profesional adecuado para llevar a cabo la actividad que se pretende y que puedas acreditarlo (títulos o documentos similares).
  • Debes contar con un plan de negocio que describa la actividad empresarial a desarrollar, fecha de inicio, localización, forma jurídica prevista de la empresa, impacto económico potencial que supone la inversión, descripción del número de puestos de trabajo que se estima que pueden crearse y sus funciones y cualificación, actividades previstas de promoción y estrategia de ventas. Además, debes poder describir el producto o servicio y determinar la innovación que supondrá tu proyecto en el territorio español entre otros aspectos.
  • La financiación y la inversión requerida del proyecto y poder demostrar que contamos con ella, es fundamental para la concesión de estos tipos de visados.
  • Es importante que sepas transmitir el valor añadido para la economía española.
  • Es importante hacer un análisis de mercado, donde haya una valoración del mercado y evolución esperada, descripción de los posibles competidores, valoración de los consumidores potenciales y análisis de la oferta y demanda.
  • Si pides un visado, tendrá una validez de 1 año y, si se trata de una autorización, tendrá una validez de 3 años. La renovación se concederá por dos años.
  • Debes poder acreditar que cuentas con medios económicos suficientes para tu sostenimiento en España. Además, de la inversión debes recordar que hay que demostrar el 100 % del IPREM del año en curso (600 euros/mes) y el 50 % del IPREM por cada familiar adicional que lo acompañe. Tenemos que tener en cuenta que en España hay dos dobles pagas, por este motivo debemos multiplicar el IPREM por 14 meses y no por 12 meses.

¿Quién puede solicitar la visa / autorización para emprender en España?

El propio emprendedor o un representante debidamente acreditado adjuntando la solicitud según el modelo oficial.

¿Dónde se solicita la visa para emprender?

  • Si estás fuera de España, solicitarás el Visado de residencia para emprendedor en el Consulado de España en el país de residencia.
  • Si estás legalmente en España o posees un visado de emprendedor, solicitarás la autorización de residencia para emprendedor en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

¿Qué documentos se deben presentar para emprender en España?

  • Pasaporte.
  • Seguro médico público o privado con entidad que opere en España.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Acreditación de medios económicos.
  • En caso del visado: Informe Favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial de la embajada de España del ámbito de la demarcación geográfica donde resides.
  • En caso de autorización: Plan de negocio.

¿Puede acompañarme mi familia si quiero emprender en España?

Sí, en cualquier momento podrán solicitar, de forma conjunta o sucesiva, la autorización y/o visado.

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular.
  • Ascendientes a cargo.

Aspectos a destacar si quieres emprender en España

  • El visado y autorización son válidos para trabajar y residir en todo el territorio español, incluidos los familiares si cumplen con la edad prevista en la normativa laboral.
  • Los plazos son rápidos: 10 días para visados y 30 días aproximadamente para autorizaciones.
  • La solicitud de autorización de residencia o su renovación ante la UGE-CE prorroga automáticamente la estancia o residencia del solicitante en España hasta que se resuelva el expediente.

¿Qué podemos hacer por ti en tu solicitud de visa para emprender en España?

  • Nuestros abogados se encargarán de asesorarte jurídicamente y controlar la legalidad de todo el procedimiento.
  • Trabajaremos conjuntamente contigo en la creación de un plan de negocios que se ajuste a los requisitos legales que pide España.
  • Gestionamos la solicitud del informe favorable de la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica de la Oficina Consular en los casos que sea necesario.
  • Nos ocupamos de gestionar tu hospedaje (en caso de que no tengas donde alojarte).
  • Orientación de como solicitar la cita en el Consulado.
  • Presentación del expediente ante la UGE (Unidad de Grandes Empresas). (en caso que se haga desde España)
  • Gestión del seguro médico.
  • Solicitamos la homologación de tu título universitario o no universitario en España.
  • Asesoría de los primeros pasos para la constitución de la empresa.
  • Solicitud de la cita para la toma de huellas para la confección de la tarjeta de residencia y trabajo en la Oficina de Extranjería que te corresponda por tu localización en el territorio español.
  • Asesoría en los primeros pasos a dar en la implantación del proyecto en España.

¿Tienes alguna duda sobre este proceso?

Consúltanos si necesitas hacer gestiones o tienes alguna duda de como emigrar a España, estás en el lugar indicado. Nosotros podemos ayudarte.

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