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Visa para profesional altamente cualificado a España

VISA para profesional altamente cualificado a españa

¿Quiénes pueden optar a la visa para profesional altamente cualificado a España?

Profesionales extranjeros con una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral o profesional en un puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, se acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para cuyo desempeño se conceda la autorización o el visado para el Profesional Altamente Cualificado a España.

La visa para profesional altamente cualificado a España es para:

  • El personal directivo o altamente cualificado de una empresa o grupo de empresas.
  • El personal directivo o altamente cualificado que forme parte de un proyecto empresarial de interés general.
  • Los graduados, postgraduados de universidades y escuelas de negocios de reconocido prestigio.

Debes saber que la solicitud de un visado de residencia por parte de un profesional altamente cualificado requiere que por parte de la empresa o entidad correspondiente se lleve a cabo la tramitación en España de una autorización de residencia para profesionales altamente cualificados. Su concesión corresponderá a la Dirección General de Migraciones.

Una vez obtenida dicha autorización, el extranjero interesado podrá solicitar este visado aportando, además de los requisitos que con carácter general se establecen en la Ley, una copia de la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados que ha sido concedida en España.

La validez de este visado será de 1 año y si se realiza desde España serían 3 años.

Documentos que vas a necesitar para la visa de Profesional Altamente Cualificado

  • Pasaporte en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado con menos de tres meses de vigencia.
  • Acreditación por parte de la empresa de que se trata de una gran empresa (esto se puede acreditar por varios medios).
    Facturación a partir de 50 millones de euros.
    Stock inversor del exterior superior a los 3 millones de euros.
    Plantilla de más de 250 empleados.
    Informe de la Dirección general de comercio e inversiones donde se califique a la empresa como empresa del sector estratégico o proyecto de interés general para España.
  • Oferta de trabajo firmada por el empleador y el empleado en todas las páginas.  El sueldo debe ser de 40.000 euros brutos en adelante. Salvo que tengas menos de 30 años, en cuyo caso se aplicará un coeficiente reductor.
  • Currículum vitae del empleado. Copia del título apostillado o acreditación de tener al menos tres años de experiencia.
  • Memoria descriptiva del puesto de trabajo (debe contener las funciones a realizar y el grupo de cotización en el que se le dará de alta).
  • Copia del DNI de quien ostente la representación legal empresarial y escrituras notariales que le otorguen dicho poder.
  • Copia del NIF de la empresa.
  • Tasa 790 038 pagada.

En esta autorización podremos incluir a nuestro cónyuge, pareja de hecho o con quien mantengamos una relación análoga a la conyugal, a nuestros hijos menores de edad o mayores de edad si acreditamos que están a nuestro cargo. También podremos incluir a los ascendientes si demostramos que están a nuestro cargo.

Nuestros servicios para Profesionales Altamente Cualificados a España:

  • Cumplimentación de formularios.
  • Comunicación con la empresa para solicitarle la documentación pertinente.
  • Redacción del contrato de trabajo en caso de ser necesario.
  • Cumplimentación de formularios y tasas.
  • Revisión de la documentación.
  • Presentación del expediente en la Unidad de Grandes empresas y Colectivos Estratégicos.
  • Gestión de la cita en el Consulado General de España en caso de presentarse por esa vía.
  • Cita para toma de huellas y confección de la TIE.

¿Tienes alguna duda sobre este proceso?

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